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CASO DUARTE

En 2019 TOJIL logró una emblemática sentencia en la que un juez de amparo reconoció a la organización como víctima de delitos de corrupción dentro de un procedimiento penal relacionado con el exgobernador Javier Duarte. En resumen, esta sentencia determinó que las organizaciones de la sociedad civil pueden fungir como un real y efectivo contrapeso para lograr justicia en los casos de corrupción que nos afectan a todas las personas

Como gobernador de Veracruz, Javier Duarte fue señalado por el desvío de más de 3 mil 616 millones de pesos que originalmente estaban destinados a servicios públicos. Estos hechos se dieron a conocer a través de diversas investigaciones periodísticas. Ante la ola de acusaciones, en 2016 Duarte huyó a Guatemala y al año siguiente fue extraditado a México y posteriormente vinculado a un proceso por lavado de dinero y delincuencia organizada, por lo que a partir de ese momento permaneció en prisión.

Los fiscales a cargo del caso modificaron el delito de delincuencia organizada por el de asociación delictuosa, el cual amerita una pena significativamente inferior. Con esta modificación Javier Duarte logró “negociar” con la Fiscalía General de la República una condena reducida a cambio de aceptar los nuevos cargos. Finalmente, Duarte fue condenado únicamente a 9 años de prisión y una multa de 58 mil pesos, sin ninguna reparación del daño ni esclarecimiento de los hechos en un juicio público.

Considerando lo anterior y las propias declaraciones públicas de Duarte, resulta evidente que este acuerdo constituyó un nuevo acto de corrupción entre el exgobernador y los fiscales a cargo del caso, pues la condena reducida se obtuvo de manera ilegal con el fin de evadir el juicio y una sanción mayor. Por lo anterior, en octubre de 2018 TOJIL presentó una denuncia en su contra al advertir que los funcionarios pudieron haber cometido el delito de cohecho al haber ofrecido a Duarte el beneficio de un procedimiento abreviado de manera ilegal. Además, TOJIL solicitó a la Fiscalía que reconociera a la organización como víctima al tratarse de delitos de corrupción.

La Fiscalía negó la calidad de víctima a la organización y, por ende, TOJIL emprendió una batalla legal en instancias federales que generó un precedente sumamente relevante en la lucha anticorrupción en nuestro país. En una resolución histórica, un Juez de Distrito reconoció el carácter de víctima por daños colectivos a una organización de la sociedad civil por primera vez en México. Sin embargo, este precedente fue revocado por un Tribunal Colegiado posteriormente.

TOJIL considera que la negativa de las autoridades mexicanas a reconocer nuestro carácter víctimas vulneró en nuestro perjuicio diversos derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por ejemplo, nuestro derecho a defender los derechos humanos. Por ende, en julio de 2020 presentamos una petición inicial ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que este caso pueda ser analizado en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Inicialmente, la CIDH determinó no tramitar el caso. En consecuencia, en enero de 2022, interpusimos una solicitud de reestudio de petición inicial. Actualmente el caso se encuentra en proceso de admisibilidad, lo cual implica que el caso ya fue aperturado a trámite mediante la transmisión de la petición al Estado Mexicano y estamos en espero del informe de admisibilidad. En caso de resultar favorable, este caso podría cambiar completamente la realidad de la lucha anticorrupción en México y Latinoamérica al permitir la participación de la sociedad en la lucha anticorrupción.

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